La Xunta de Galicia ha publicado, en el Diario Oficial de Galicia número 90 de fecha 13 de mayo de 2025, la orden que regula las bases y la convocatoria de las ayudas al emprendimiento para la anualidad 2025 (código de procedimiento TR880A).
Estas subvenciones están dirigidas a autónomos, mutualistas, pequeñas y medianas empresas, cooperativas y sociedades laborales que:
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Tengan domicilio fiscal en Galicia
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Se hayan constituido o dado de alta e iniciado actividad desde el 1 de enero de 2023
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Estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
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Cumplan con los demás requisitos técnicos, administrativos y legales exigidos
💼 ¿Qué inversiones se pueden subvencionar?
Serán subvencionables aquellas inversiones directamente vinculadas a la actividad económica, como:
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Equipamiento informático -
🧠 Software y activos intangibles
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🛠️ Equipamiento, maquinaria y mobiliario
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💡 Inversiones en eficiencia energética
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🏗 Reformas en el local
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📜 Gastos notariales y registrales
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🏢 Alquiler del local para la actividad
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♻️ Adquisición de activos de segunda mano (con condiciones)
🗓 Las inversiones deben realizarse y estar pagadas entre el 1 de julio de 2024 y la fecha de presentación de la solicitud.
💰 ¿Cuánto puedes recibir?
Según la inversión realizada, la ayuda cubrirá un porcentaje:
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🔹 De 5.000 € a 20.000 € → 55% subvencionable
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🔹 De 20.001 € a 30.000 € → 50% subvencionable
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🔹 De 30.001 € a 60.000 € → 45% subvencionable
🗂 ¿Cómo se solicita?
La presentación es obligatoriamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Xunta de Galicia:
👉 https://sede.xunta.gal
📆 Plazo de solicitud: del 21 de mayo al 30 de junio de 2025
📩 Si necesitas ayuda con la tramitación o tienes dudas sobre si puedes beneficiarte, en Asesoría Estudio 20 estamos a tu disposición para gestionar tu solicitud.
